Cambio en la Jura de Bandera: una cada 25 años y registro centralizado

En el BOE del pasado Lunes 16 de enero de 2017 se hicieron efectivos algunos cambios en el procedimiento de la Jura de Bandera.
#Buenosdías en el #BOE del lunes se modificó el procedimiento para el juramento ante la Bandera de #Españahttps://t.co/dksUJBpyJK pic.twitter.com/pFcYnfFoxt
— Ejército de Tierra (@EjercitoTierra) 18 de enero de 2017
Siguiendo el enlace compartido por el Ejército de Tierra en Twitter, podemos encontrar un archivo PDF en el que se nos explica algunos temas de interés entre los que destacamos los dos siguientes:
- Se llevará a cabo un registro centralizado con todos aquellos españoles que hayan llevado a cabo la jura de bandera.
- Excepto en ocasiones extraordinarias, entre la Jura de Bandera inicial y su renovación deberán pasar 25 años. «2. Para que no desmerezca la importancia y trascendencia del acto, entre la fecha del juramento o promesa inicial y su renovación deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco años. Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente por el titular del órgano responsable del REJUPROES, se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo.»